Días de descanso obligatorio 2027: fechas y cuánto se paga en un evento

Los días de descanso obligatorio de 2027 con su día de la semana, las fechas de eventos que no son festivo oficial y cuánto se paga un festivo trabajado.

Actualizada el 4 de octubre de 2026. Verificada con fuentes oficiales.

Los días de descanso obligatorio de 2027 en México son ocho: los siete que la Ley Federal del Trabajo fija cada año y el domingo 6 de junio, por la jornada electoral. Quien trabaja en uno de ellos cobra salario doble por el servicio (LFT arts. 74 y 75). Aquí están las fechas con su día de la semana, las que no son festivo oficial y un ejemplo de pago.

¿Cuáles son los días de descanso obligatorio de 2027?

Los días de descanso obligatorio de 2027 son el 1 de enero, el 1 de febrero, el 15 de marzo, el 1 de mayo, el 6 de junio, el 16 de septiembre, el 15 de noviembre y el 25 de diciembre. Los fija el art. 74 de la LFT; las fechas movibles se calculan con el calendario.

Fecha en 2027 Día de la semana Regla del art. 74
1 de enero viernes 1 de enero (fr. I)
1 de febrero lunes Primer lunes de febrero (fr. II)
15 de marzo lunes Tercer lunes de marzo (fr. III)
1 de mayo sábado 1 de mayo (fr. IV)
6 de junio domingo Jornada electoral ordinaria (fr. IX)
16 de septiembre jueves 16 de septiembre (fr. V)
15 de noviembre lunes Tercer lunes de noviembre (fr. VI)
25 de diciembre sábado 25 de diciembre (fr. VIII)

El 1 de octubre (fr. VII) solo aplica cada seis años, por el cambio de titular del Ejecutivo. El siguiente es en 2030.

¿El 6 de junio de 2027 es descanso obligatorio?

El 6 de junio de 2027 es descanso obligatorio en todo el país, porque ese domingo es la jornada electoral ordinaria (LFT art. 74, fr. IX). El INE fijó la jornada para esa fecha, con la elección de las diputaciones federales y elecciones locales concurrentes en las 32 entidades federativas.

Como cae en domingo, por texto aplican dos reglas a la vez: el pago del descanso obligatorio (art. 75) y la prima dominical de por lo menos 25 % sobre el salario de un día ordinario (art. 71). Con 600 pesos, la prima es de 150 pesos. Cómo se combinan conviene confirmarlo con tu abogado laboral.

¿Qué fechas de eventos no son descanso obligatorio en 2027?

No son descanso obligatorio varias fechas con mucha demanda de eventos: Jueves y Viernes Santo, el 10 de mayo, el 2 de noviembre, el 12 de diciembre, el 24 y el 31 de diciembre. Ninguna aparece en el art. 74 de la LFT, así que trabajar en ellas se paga como un día ordinario.

Fecha en 2027 Día de la semana ¿Descanso obligatorio?
Jueves Santo, 25 de marzo jueves No
Viernes Santo, 26 de marzo viernes No
5 de mayo miércoles No en la LFT
10 de mayo lunes No
2 de noviembre martes No
12 de diciembre domingo No; aplica prima dominical
24 de diciembre viernes No
31 de diciembre viernes No

El 5 de mayo es día inhábil para efectos fiscales (CFF art. 12), pero no está en el art. 74. Y un evento del 24 o del 31 de diciembre que cruza la medianoche toca el 25 de diciembre o el 1 de enero, que sí son descanso obligatorio.

¿Cuánto se paga un día festivo trabajado?

Un día festivo trabajado se paga con un salario doble por el servicio prestado, «independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio» (LFT art. 75). Con un salario de 600 pesos, no queda claro si el día suma 1,200 o 1,800 pesos, y la ley no lo resuelve para quien solo va ese día.

Lectura Cálculo con 600 pesos Pago del día Séptimo día proporcional
A: una sola paga doble por el servicio 600 × 2 1,200 pesos 100 pesos
B: salario del descanso más la paga doble 600 + 1,200 1,800 pesos 100 pesos

Los 600 pesos son un salario hipotético. El séptimo día proporcional es un sexto del salario: 600 ÷ 6 = 100 pesos (LFT arts. 69 y 72).

La duda es si una persona contratada solo para ese día tiene un salario que le corresponda por el descanso. No encontramos jurisprudencia que la resuelva y no presentamos el triple como regla. Para presupuestar, lo prudente es considerar la lectura más alta y consultar a tu abogado laboral. El análisis completo está en séptimo día y descanso obligatorio.

¿Qué eventos de 2027 caen en descanso obligatorio?

En 2027 caen en descanso obligatorio dos sábados, el 1 de mayo y el 25 de diciembre, y un domingo, el 6 de junio. También tres lunes de fin de semana largo: 1 de febrero, 15 de marzo y 15 de noviembre. El 1 de enero es viernes y el 16 de septiembre es jueves.

  • Turnos que cruzan la medianoche. La LFT no define el día del descanso. Un criterio de prudencia, no una regla: si la mayor parte del turno cae en el festivo, tratarlo todo como trabajado en él.
  • Menores de dieciocho años. No pueden trabajar en domingo ni en días de descanso obligatorio (LFT art. 178). Los detalles están en menores de edad en eventos.
  • Avisos al IMSS. Ni la LSS ni su reglamento definen el día hábil. Para planear el alta, revisa alta en el IMSS para eventos en sábado o domingo.

¿Por qué las cifras de nómina de 2027 todavía son provisionales?

Las cifras de nómina de 2027 son provisionales porque el salario mínimo y la UMA de 2027 aún no se publican. Al 26 de septiembre de 2026 no había resolución del salario mínimo de 2027, y sin ella no se puede cerrar el cálculo de un evento con fecha de 2027.

  • Salario mínimo 2027: se fija en diciembre, se publica en el DOF a más tardar el 31 de diciembre y rige desde el 1 de enero (LFT arts. 570 y 571).
  • UMA 2027: el INEGI la publica en los primeros diez días de enero y entra en vigor el 1 de febrero. Del 1 al 31 de enero de 2027 sigue la UMA de 2026, de 117.31 pesos diarios (Ley para Determinar el Valor de la UMA, art. 5).

La regla de pago del festivo no depende de esas cifras; el piso del salario base de cotización y las cuotas sí. Las fechas de esta guía son firmes y los pesos de 2027 hay que recalcularlos cuando salgan los valores. Los de 2026 están en cuánto cuesta un mesero por un día.

Lo que prepara Cubierto

En Cubierto marcamos en el evento si la fecha cae en domingo o en uno de los descansos obligatorios del art. 74, y calculamos el séptimo día proporcional y la prima dominical en la nómina del evento.

Para el pago del festivo, la lectura la decide tu empresa con su abogado, porque la ley no la resuelve. El primer evento no tiene costo; puedes probar con tus números en la calculadora.

Qué no cubre esta guía: los días que tu contrato o tu empresa otorguen por encima de la ley, el ISR del pago por festivo ni las cifras definitivas de 2027. No es asesoría legal: confirma tu caso con tu abogado laboral o tu contador.

Preguntas frecuentes

¿Cuántos días de descanso obligatorio hay en 2027?

En 2027 hay ocho días de descanso obligatorio: 1 de enero, 1 de febrero, 15 de marzo, 1 de mayo, 6 de junio, 16 de septiembre, 15 de noviembre y 25 de diciembre (LFT art. 74). El 6 de junio entra por la jornada electoral ordinaria. El 1 de octubre no aplica en 2027; el siguiente es en 2030.

¿El 24 y el 31 de diciembre de 2027 son días festivos oficiales?

No. El 24 y el 31 de diciembre no están en la lista del art. 74 de la LFT; en 2027 los dos caen en viernes. Sí están el 25 de diciembre y el 1 de enero, así que un banquete que cruza la medianoche de Nochebuena o de Fin de Año toca un descanso obligatorio.

¿Jueves Santo y Viernes Santo son descanso obligatorio?

No. Jueves Santo y Viernes Santo no aparecen en el art. 74 de la LFT. En 2027 caen el 25 y el 26 de marzo. Un evento en esas fechas se paga como día ordinario, salvo que tu contrato o tu empresa otorguen algo distinto. El lunes 15 de marzo de 2027 sí es descanso obligatorio.

¿Cuánto se paga a un mesero de 600 pesos por trabajar un día festivo?

Un día festivo trabajado se paga con salario doble por el servicio, independientemente del salario que corresponda por el descanso (LFT art. 75). Con 600 pesos, una lectura da 1,200 pesos y otra 1,800, más 100 de séptimo día proporcional. La ley no resuelve cuál aplica a quien solo va ese día; consúltalo con tu abogado laboral.

¿Ya se conoce el salario mínimo de 2027?

No. Al 26 de septiembre de 2026 el salario mínimo de 2027 no estaba publicado. Debe publicarse en el DOF a más tardar el 31 de diciembre y rige desde el 1 de enero (LFT arts. 570 y 571). La UMA de 2027 se publica en los primeros diez días de enero y aplica desde el 1 de febrero.

Guías relacionadas

Fuentes

  1. Ley Federal del Trabajo, última reforma DOF 14-05-2026
  2. INE, elecciones 2027
  3. Ley para Determinar el Valor de la Unidad de Medida y Actualización, DOF 30-12-2016
  4. DOF 09-01-2026, valor de la UMA 2026
  5. Código Fiscal de la Federación, última reforma DOF 09-04-2026

Cubierto prepara cada paso de esta guía.

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