Preguntas frecuentes

Lo que nos preguntan.

Sobre contratar personal eventual por día en México y sobre Cubierto. Cada respuesta cita su fuente.

¿Se puede contratar legalmente a un mesero por un solo día en México?

Sí. Tu negocio firma un contrato por tiempo determinado, da de alta al mesero en el IMSS antes de su turno, le paga el día con cuotas, ISR y prestaciones proporcionales, y lo da de baja al terminar. El IMSS lo registra como trabajador eventual, que es quien trabaja con una relación por obra o por tiempo determinado.

LSS art. 5 A, fr. VII; LSS art. 15, fr. I

¿Cuándo se da de alta a un trabajador eventual en el IMSS?

Antes de su turno. La ley da cinco días hábiles, pero si hay un accidente antes del alta, el patrón paga al IMSS los capitales constitutivos aunque siga en plazo. El reglamento permite presentar el alta el día hábil anterior al inicio de la relación, así que para un evento en sábado, el alta se presenta el viernes.

LSS arts. 15, fr. I, y 77; RACERF art. 45

¿Cuál es la multa por no dar de alta a un trabajador en el IMSS?

No inscribir a un trabajador se multa con 20 a 350 UMA, de 2,346.20 a 41,058.50 pesos con la UMA de 2026. A eso se suman las cuotas omitidas, los recargos y, si hubo un accidente, los capitales constitutivos. Es una sanción distinta a la de subcontratación prohibida, que va de 2,000 a 50,000 UMA.

LSS arts. 304-A, fr. II, y 304-B, fr. IV; LFT art. 1004-C

¿Qué tipo de trabajador se registra en el IDSE para un evento?

Para un evento se registra el tipo de trabajador 2, eventual de la ciudad, en un movimiento 08 (reingreso) con el código 0 de jornada normal. Al terminar, la baja va en un movimiento 02 con la causa 1, término de contrato. Cada tipo de movimiento se carga en su propio archivo, con renglones de 168 posiciones.

https://www.imss.gob.mx/sites/all/statics/sua/dispmag/EstructuraMovimientosAfiliatorios.pdf

¿Se puede dar de baja a un trabajador el mismo día de su alta?

El IMSS no lo resuelve por escrito. La lógica de movimientos del SUA acepta una baja solo con fecha posterior al reingreso, y el día de la baja cuenta como cotizado. Si el IDSE exige esa fecha posterior, un contrato de un día cotiza dos días. Mientras no haya una respuesta oficial, conviene presupuestar los dos escenarios.

RACERF art. 57; https://www.imss.gob.mx/sites/all/statics/sua/pdf/11_logica_movimientos.pdf

¿Qué prestaciones se pagan a un trabajador contratado por un día?

A un trabajador contratado por un día se le paga, además del salario, el séptimo día proporcional (salario entre 6), el aguinaldo proporcional (15 días entre 365), las vacaciones proporcionales (12 días entre 365) y la prima vacacional del 25 % sobre esas vacaciones. Si el día es domingo, se suma la prima dominical del 25 %.

LFT arts. 71, 72, 79, 80 y 87

¿Cuánto cuesta contratar a un mesero por un día en regla?

Depende del salario, del estado y de la prima de riesgo del patrón. En nuestro ejemplo, con un salario hipotético de 600 pesos, zona general y clase de riesgo II, el costo para el patrón es de 903.13 pesos antes del impuesto sobre nómina y de 925.61 con el 3 % de Guanajuato, sin incluir la tarifa de Cubierto.

LSS arts. 25, 106, 107, 147, 168 y 211; Ley del INFONAVIT art. 29, fr. II; Ley de Hacienda para el Estado de Guanajuato art. 10

¿Un hotel puede subcontratar a los meseros de sus banquetes?

No. Desde el 12 de diciembre de 2022, la STPS considera a cocineros, cantineros, capitán de meseros y meseros parte de la actividad propia del hotel, y sus inspecciones verifican que ese personal no esté subcontratado. La subcontratación prohibida se multa con 2,000 a 50,000 UMA. Por eso el hotel contrata directamente y es el patrón.

https://www.gob.mx/stps/prensa/establece-secretaria-del-trabajo-lineamientos-en-materia-de-subcontratacion-para-la-industria-hotelera?idiom=es

¿Qué es Cubierto?

Cubierto es un software para contratar personal eventual por día en México. A partir de la lista del evento prepara el contrato por tiempo determinado de cada persona, el archivo de alta para el IDSE, el desglose de pago con cuotas e impuestos, el archivo de baja y el expediente del evento. Tu negocio firma y sigue siendo el patrón.

https://cubierto.mx/

¿Cubierto es una agencia de personal?

No. Cubierto no emplea, no recluta y no subcontrata a nadie. Tu negocio contrata directamente a cada persona y sigue siendo el patrón, porque la ley define al patrón como quien utiliza los servicios del trabajador. Cubierto es el software que prepara los documentos para que esa contratación quede en regla.

LFT art. 10

¿Cubierto guarda mi e.firma?

No. Cubierto genera el archivo de alta o de baja para el IDSE; tú lo firmas con la e.firma de tu negocio y lo subes. Desde mediados de octubre de 2026, el IDSE solo acepta la e.firma del SAT, por el acuerdo del IMSS publicado en el DOF el 16 de julio de 2026, que deroga el NPIE.

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5793741&fecha=16/07/2026

¿Necesito registro patronal para usar Cubierto?

Sí. El alta y la baja se presentan en el IDSE con el registro patronal de tu negocio, porque tú eres el patrón. El archivo de 168 posiciones empieza con ese registro y su dígito verificador, y la prima de riesgo de trabajo que usamos para calcular las cuotas es la que corresponde a ese registro.

https://www.imss.gob.mx/sites/all/statics/sua/dispmag/EstructuraMovimientosAfiliatorios.pdf

¿Cubierto maneja el dinero de la nómina?

No. Cubierto no recibe ni guarda dinero de tu negocio. Calculamos el pago de cada persona, con sus cuotas, su ISR y sus prestaciones proporcionales, y tú pagas directamente a tus trabajadores y enteras las cuotas y los impuestos. Así el dinero nunca pasa por nosotros y la relación de trabajo sigue siendo tuya.

https://cubierto.mx/

¿Cuánto costará Cubierto?

Cobraremos por persona por turno, sin cuota de instalación. Todavía no publicamos el precio; lo publicaremos antes de abrir. Quienes estén en la lista de espera tendrán su primer evento sin costo. La nómina, las cuotas y los impuestos de cada trabajador son aparte y los paga tu negocio como patrón.

https://cubierto.mx/

¿Cuándo sale Cubierto?

Todavía no hay fecha pública. Estamos construyendo la primera versión y empezaremos en el Bajío. Los negocios en la lista de espera reciben acceso primero y su primer evento sin costo. Para registrarte solo pedimos tu correo de trabajo, el nombre de tu negocio y el tipo de negocio.

https://cubierto.mx/

¿Qué datos guarda Cubierto de mí?

Por ahora solo los de la lista de espera: tu correo de trabajo, el nombre y el tipo de tu negocio. No pedimos datos de tus trabajadores ni datos sensibles, no usamos cookies de publicidad ni de analítica y no vendemos ni transferimos tus datos. Puedes pedir acceso, corrección o borrado desde el aviso de privacidad.

https://cubierto.mx/aviso-de-privacidad

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