Alta en el IMSS de un trabajador eventual por un día
Cuándo y cómo dar de alta en el IMSS a un mesero o cocinero eventual por un día: plazo legal, día hábil anterior, archivo IDSE de 168 posiciones y e.firma.
Actualizada el 25 de septiembre de 2026. Verificada con fuentes oficiales.
Un mesero, un cocinero, un capitán de meseros o un cantinero que trabaja solo en tu evento es un trabajador eventual, y tu negocio es su patrón. Aquí explicamos cuándo presentar su alta en el IMSS, qué códigos usar en el IDSE, cómo se arma el archivo de alta masiva y qué cambia con la e.firma.
¿Se puede dar de alta en el IMSS a un trabajador por un solo día?
Dar de alta en el IMSS a un trabajador por un solo día sí es posible. El IMSS lo registra como eventual: quien trabaja con una relación por obra o por tiempo determinado (LSS art. 5 A, fr. VII). En la LSS y en el RACERF no encontramos un mínimo de días de cotización para eventuales de la ciudad.
La obligación es la de cualquier relación de trabajo: comunicar altas y bajas al IMSS «dentro de plazos no mayores de cinco días hábiles» (LSS art. 15, fr. I). Omitir la inscripción se multa con 20 a 350 UMA (LSS arts. 304-A, fr. II, y 304-B, fr. IV), de 2,346.20 a 41,058.50 pesos con la UMA de 2026, además de las cuotas omitidas, los recargos y los capitales constitutivos.
¿Cuándo se da de alta a un trabajador eventual?
Un trabajador eventual se da de alta antes de que empiece su turno. La ley da cinco días hábiles (LSS art. 15, fr. I), pero si ocurre un accidente antes del alta, el patrón paga al IMSS los capitales constitutivos aunque siga dentro del plazo (LSS art. 77). Por eso conviene presentar el alta el día hábil anterior al evento.
- El día hábil anterior está permitido. El RACERF dice que los patrones «podrán hacerlo el día hábil anterior al inicio de la relación laboral», y los derechos cuentan desde la fecha de inicio que señales en el aviso (RACERF art. 45).
- Antes de eso, no. El IDSE acepta un reingreso con fecha de hasta un día hábil después del día en que lo presentas. Su error 036 lo explica: «únicamente los reingresos pueden presentarse un día hábil antes de la fecha del inicio de vigencia».
- En la práctica: para un evento en sábado, el alta se presenta el viernes.
¿Qué tipo de trabajador y qué jornada se registran?
Para un evento se registra el tipo de trabajador 2, eventual de la ciudad, en un movimiento 08, que el IDSE llama reingreso, con el código 0 de jornada normal. Los códigos de semana o jornada reducida sirven para otra situación: una persona que trabaja para el mismo patrón algunos días de cada semana.
| Campo del IDSE | Códigos |
|---|---|
| Tipo de trabajador | 1 permanente, 2 eventual de la ciudad, 3 eventual de la construcción, 4 eventual del campo |
| Tipo de salario | 0 fijo, 1 variable, 2 mixto |
| Semana o jornada reducida | 0 jornada normal; 1 a 5, días trabajados a la semana; 6 jornada reducida |
| Tipo de movimiento | 08 reingreso (alta), 07 modificación de salario, 02 baja |
La jornada reducida tiene menos horas que el máximo legal y se paga por unidad de tiempo; la semana reducida tiene menos días que una semana y se paga por día trabajado (RACERF art. 2, fr. III y IV).
En semana reducida, el salario base de cotización es lo pagado en la semana entre siete, nunca menos que el salario mínimo, y la persona cotiza todos los días (RACERF art. 62; LSS art. 29, fr. III). Eso encaja con quien sirve al mismo cliente cada semana.
Para un evento aislado, la opción es alta y baja con jornada normal.
¿Cómo es el archivo de alta masiva del IDSE?
El archivo de alta masiva del IDSE es un archivo de texto con un renglón de 168 posiciones por trabajador, y se arma un archivo por cada tipo de movimiento. Cuando presentas cinco o más movimientos en una sola exhibición, debes usar un medio no impreso como este (RACERF art. 46).
Estas son las posiciones principales del movimiento 08 según la estructura que publica el IMSS:
| Posiciones | Campo |
|---|---|
| 1 a 11 | Registro patronal y su dígito verificador |
| 12 a 22 | NSS y su dígito verificador |
| 23 a 103 | Apellido paterno, apellido materno y nombre, 27 posiciones cada uno |
| 104 a 109 | Salario base de cotización: 4 enteros y 2 decimales, sin punto |
| 116 a 118 | Tipo de trabajador, tipo de salario, semana o jornada reducida |
| 119 a 126 | Fecha de inicio, DDMMAAAA |
| 132 y 133 | Tipo de movimiento, 08 |
| 150 a 167 | CURP |
| 168 | Identificador del formato, 9 |
Detalles que causan rechazos:
- El salario va sin punto: 033057 significa 330.57 pesos.
- El IMSS pide código ASCII, que no tiene acentos, y sus ejemplos usan mayúsculas. No publica una regla para la Ñ, así que conviene probarla con un lote real.
- El nombre debe coincidir con el registrado para ese NSS (error 059), el NSS no puede estar ya vigente (error 048) y el salario no puede ser menor al mínimo de la zona (error 015).
- El aviso de inscripción debe contener la CURP del trabajador (RACERF art. 47).
¿Qué cambia con la e.firma en el IDSE?
Con la e.firma, el IDSE deja de aceptar el NPIE y su certificado del IMSS. El acuerdo publicado en el DOF el 16 de julio de 2026 aprueba el uso exclusivo de la e.firma del SAT y da 90 días naturales de transición, así que desde mediados de octubre de 2026 cada alta se firma con la e.firma del patrón.
- El acuerdo ACDO.AS2.HCT.290626/176.P.DIR entró en vigor al día siguiente de su publicación. La e.firma ya sirve; lo que termina es la opción del NPIE.
- La vinculación se hace en el Escritorio Virtual del IMSS, también con e.firma (punto Segundo del acuerdo).
- Ni el acuerdo ni el boletín 380/2026 del IMSS fijan un día del calendario para el cambio. Revisa que la e.firma de tu negocio esté vigente antes de tu próxima temporada de eventos.
¿Se puede dar de baja el mismo día del alta?
Dar de baja el mismo día del alta es algo que el IMSS no resuelve por escrito. La lógica de movimientos del SUA acepta una baja solo con fecha posterior al reingreso, y el día de la baja cuenta como cotizado (RACERF art. 57). Si el IDSE exige esa fecha posterior, un contrato de un día cotiza dos días.
No lo damos por resuelto. El filtro del IDSE que conocemos solo rechaza un movimiento con fecha anterior a otro ya registrado (error 049). Una prueba con un registro patronal real o una consulta a la subdelegación lo aclarará. Mientras tanto, calculamos los dos escenarios; el detalle está en la guía de baja en el IMSS de un trabajador eventual.
Lo que prepara Cubierto
En Cubierto preparamos el archivo de alta para el IDSE, movimiento 08 en 168 posiciones, a partir de la lista del evento y después de revisar la CURP, el NSS y el RFC de cada persona. Tú lo firmas con la e.firma de tu negocio y lo subes; nosotros no la guardamos.
Estamos en lista de espera: el primer evento no tiene costo para quienes se registren y todavía no publicamos el precio por persona por turno.
Preguntas frecuentes
¿Puedo dar de alta a un trabajador eventual el día anterior al evento?
Sí. El RACERF permite presentar el alta el día hábil anterior al inicio de la relación laboral, y los derechos del trabajador cuentan desde la fecha de inicio que señales en el aviso (RACERF art. 45). El IDSE acepta un reingreso con fecha de hasta un día hábil después del día en que lo presentas.
¿Qué pasa si el trabajador se accidenta antes de que presente su alta?
Si hay un accidente antes del alta, el patrón paga al IMSS los capitales constitutivos aunque siga dentro de los cinco días hábiles que da la ley (LSS arts. 15, fr. I, y 77). El alta presentada después del accidente no lo libera. Por eso conviene presentarla el día hábil anterior al evento.
¿Qué tipo de trabajador se registra en el IDSE para un evento?
Para un evento se registra el tipo de trabajador 2, eventual de la ciudad, en un movimiento 08 (reingreso) con el código 0 de jornada normal. El IMSS considera eventual a quien trabaja con una relación por obra o por tiempo determinado (LSS art. 5 A, fr. VII), como ocurre con un mesero contratado para un evento.
¿Desde cuándo el IDSE solo acepta la e.firma del SAT?
El acuerdo del IMSS publicado en el DOF el 16 de julio de 2026 deroga el NPIE y su certificado, y da 90 días naturales de transición. Por eso, desde mediados de octubre de 2026, los movimientos en el IDSE se firman solo con la e.firma del SAT de la persona empleadora.
Fuentes
- Ley del Seguro Social, última reforma DOF 15-01-2026
- Reglamento de la LSS en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización (RACERF)
- IMSS, Estructura de movimientos afiliatorios
- IMSS, filtros de validación IDSE-3 y leyendas de error
- IMSS, lógica de movimientos del SUA
- DOF 16-07-2026, acuerdo del IMSS sobre el uso exclusivo de la e.firma
- IMSS, boletín de prensa 380/2026
- DOF 09-01-2026, valor de la UMA 2026
- IDC, consecuencias por omitir la afiliación de un trabajador al IMSS
Cubierto prepara cada paso de esta guía.
Contrato, alta, nómina, baja y expediente de cada persona que contratas por evento.